RTVA pone a su servicio un DEFENSOR DEL OYENTE Y DEL ESPECTADOR que atiende quejas, sugerencias y preguntas. En esta legislatura el defensor es el periodista Patricio Gutiérrez.

27 de abril de 2007

18 ABRIL 2007

SINTONIZAR LA TDT DE LA RTVA EN PORTUGAL.

¿Se pueden sintonizar las emisiones en
TDT de la RTVA en la parte occidental del ALGARVE, sur de Portugal? Es lo que pregunta al Defensor, en portugués por cierto, un ciudadano de esta zona del vecino país. Pregunta también si quizá podría captarlas mediante los repetidores de Cádiz y además quiere saber si existe un acuerdo entre Portugal y España de cara a intercambiar emisiones en TDT. Finalmente solicita información sobre las emisiones en sistema DAB de CSR. El mensaje, aunque ya se ha dicho que está escrito en portugués, se puede entender con un pequeño esfuerzo. El Defensor se ha puesto en contacto con la Dirección Técnica que al respecto ha indicado, en español naturalmente, que la RTVA es, como se sabe, una emisora ámbito autonómico por lo que su cobertura está limitada a Andalucía y, por tanto, no es posible garantizar la recepción de sus emisiones de TDT en la zona del ALGARVE. También indica que no hay noticias de acuerdo alguno entre España y Portugal sobre este asunto. Además, la Dirección Técnica explica: "no obstante se puede informar de nuestros canales de los centros emisores de Cádiz (San Cristóbal) y Huelva (Punta Umbría) por si fueran del interés de este espectador, Cádiz canal 59 UHF Polarización H y Huelva canal 58 UHF Polarización H". Con respecto a su pregunta sobre CSR se informa de que no se están efectuando emisiones en el sistema DAB. En cualquier caso este espectador puede consultar información adicional en la web de la RTVA (www.canalsur.es) donde también podrá escuchar nuestras emisiones de radio y ver la emisión de ANDALUCÍA TV (todo ello en español).

NOTA DEL DEFENSOR.- Conforme a la
Disposición del Consejo de Administración de la RTVA que regula las funciones del Defensor del Oyente y del Espectador en CSR y CSTV, no se admiten quejas, sugerencias ni opiniones anónimas. Si se llama al contestador es necesario especificar el nombre y el teléfono o dirección del comunicante.