14 DE MAYO
LA PUBLICIDAD DE LOS SMS.
Este sistema de mensajes por móvil (SMS) se ha popularizado mucho en los últimos años. Al igual que el sistema, la publicidad del mismo en televisión también ha cobrado una extraordinaria relevancia (aunque sólo sea en algunas cadenas). Las organizaciones de consumidores en España tienen una serie de competencias que les confiere la Ley 26/84 de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. De forma que conforme a esta Ley, la Unión de Consumidores de Andalucía (UCA/UCE) se ha dirigido al Defensor para mostrar su queja por la aparición de anuncios de este tipo de servicios en las cadenas de televisión, públicas y privadas: "desde la Unión de Consumidores de Andalucía venimos recibiendo, cada vez con mayor frecuencia, consultas de usuarios alertados por cargos en sus contratos de telefonía, provocados por el alta en los denominados sistemas de SMS PREMIUM, en virtud de los cuáles dichos usuarios se dan de alta, mediante envío de un mensaje corto, en servicios de recepción sucesiva de mensajes de contenido diverso cuyo coste también termina soportando para beneficio de las empresas remitentes y las propias operadoras. En tal sentido, venimos constatando que la información sobre los costes de repercusión del envío de tales mensajes suele pasar desapercibida para el usuario, cuando no se omite directamente, debido a las técnicas publicitarias utilizadas por las prestadoras del servicio, por lo que el consentimiento prestado queda notablemente viciado en perjuicio de los intereses de los usuarios. Es por ello que, desde Unión de Consumidores de Andalucía (UCA/UCE) queremos interesar a las cadenas de televisión pública, como soporte frecuentemente usado por estas empresas para dar a conocer sus servicios, que, en ejercicio de su responsabilidad social, adopten medidas de filtrado y selección de los espacios publicitarios de este tipo de servicios, exigiéndoles el máximo rigor en la información al usuario". Al Defensor le consta que los controles sobre la publicidad en esta empresa son bastante rigurosos. De manera que se ha dirigido a la Dirección Comercial desde donde se ha explicado que la RTVA no tiene contrataciones de espacios publicitarios para comercializar esos productos ya que su actual política comercial no participa de esas fórmulas. Y además se indica: "no obstante, conscientes del relevante papel que jugamos en la transmisión de los mensajes publicitarios, formamos parte de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial, desde donde se trabaja por una buena publicidad. Estos sistemas de autorregulación son la respuesta de la propia industria a las demandas que la sociedad plantea. Con ello participamos de un interés común, que existan unas garantías de confianza y credibilidad en la publicidad. Los consumidores se benefician de la autorregulación, garantizándoles una publicidad responsable, mediante la disponibilidad de un sistema gratuito de reclamaciones, que resuelve un jurado formado por expertos independientes de forma ágil y eficaz". La Dirección Comercial considera conveniente difundir una iniciativa ministerial que afecta a este tipo de productos y que tiene mucho que ver con la reclamación de UCA/UCE: "el pasado 17 de abril, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio anunció que ha iniciado la tramitación de una Orden Ministerial para regular los servicios de mensajes cortos (SMS), incluyendo de forma destacada la regulación de la descarga de logos, melodías y otros contenidos. La normativa establecerá, entre otras medidas, la imposición a los operadores de servicio telefónico disponible al público de la obligación de garantizar a sus abonados el derecho a la desconexión de los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes cortos. La implantación de este mecanismo permitirá al abonado, previa solicitud a su operador, que desde su terminal telefónico se impida el envío de mensajes de coste superior a un SMS ordinario, o con determinados contenidos para adultos. Asimismo, se pretende mejorar la información suministrada a los abonados sobre los precios y contenidos de los servicios". Todo esto aclara bastante las cosas en lo que respecta a la queja de los consumidores y la política publicitaria y comercial de la RTVA.
MÁS TODAVÍA SOBRE LA ALHAMBRA.
En el informe del Defensor referido al 13 de mayo, a propósito de lo que la RTVA hace a favor de la candidatura de la ALHAMBRA de Granada para ser una de las maravillas del mundo, se hacía la siguiente observación que remitía a los espectadores a un informe anterior: "se decía en el Informe del 12 de mayo las maravillas del mundo se decidirán próximamente en Suiza. Craso error del Defensor ya que la realidad es que se decidirán el 7 de julio en Lisboa (Portugal)". Pues a riesgo de que esto parezca un serial o una telenovela conviene aclarar las cosas, esperando que sea de manera definitiva: de las 21 "maravillas" por las que se puede votar sólo pasarán 10 a la final que será, efectivamente el 7 de julio en Lisboa (Portugal). El "descarte " de las que no pasarán a la final sí tendrá lugar en Suiza el 7 de junio. Y esperemos que esto sea todo.
NOTA DEL DEFENSOR.- Conforme a la Disposición del Consejo de Administración de la RTVA que regula las funciones del Defensor del Oyente y del Espectador en CSR y CSTV, no se admiten quejas, sugerencias ni opiniones anónimas. Si se llama al contestador es necesario especificar el nombre y el teléfono o dirección del comunicante.
0 Comments:
Publicar un comentario
<< Home